Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 234-2010/SUNAT, publicada el día de hoy, se ha modificado el anexo de la Resolución de Superintendencia Nº 014-2008/SUNAT, incorporándose los siguientes como actos administrativos que pueden ser notificados de manera electrónica:
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Nº |
Tipo de documento |
Procedimiento |
Requiere afiliación a Notificaciones SOL |
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8 |
Orden de Pago |
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No |
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9 |
Resolución Coactiva que dispone la acumulación de expedientes |
Cobranza Coactiva |
No |
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10 |
Resolución de Intendencia Zonal (*) |
Devolución de percepciones del IGV |
No |
(*) Que resuelve las solicitudes de devolución presentadas por sujetos del nuevo Régimen Único Simplificado (RUS).
Asimismo, la referida norma ha dispuesto extender el uso de Notificaciones SOL para comunicar a los deudores tributarios las resoluciones notificadas a las empresas del sistema financiero a través del sistema de embargo en forma de retención, el levantamiento del mencionado embargo o la entrega del monto retenido en moneda nacional.