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Aprueban Directiva “Procedimiento Estándar de Licencias de Conducir” (12/03/2010)

 

Mediante la Resolución Directoral Nº 599-2010-MTC/15, publicada hoy, se ha aprobado la Directiva Nº 001-2010-MTC/15 “Procedimiento Estándar de Licencias de Conducir”, la cual consta de 12 artículos, 2 disposiciones complementarias transitorias y 3 anexos.

 

Los objetivos de la referida directiva son: i) determinar los organismos competentes en el procedimiento de emisión de licencias de conducir y sus responsabilidades; ii) establecer el procedimiento estándar de emisión de licencias de conducir aplicable en todo el territorio nacional; y, iii) establecer los requisitos mínimos que debe observar cada región en la atención de los usuarios.

 

Por otro, lado la resolución en mención ha establecido que los gobiernos regionales, deberán adecuarse a los dispuesto en la directiva, como condición para iniciar el proceso de emisión de las licencias de conducir.

 

Finalmente, se ha dispuesto que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones continuará a cargo de la emisión de las licencias de conducir que correspondan a las regiones Lima Metropolitana, Lima Provincias y Callao hasta que culmine e implemente el proceso de transferencia de funciones.

 
 

Establecen disposiciones para la subsanación de deficiencias de solicitudes de reubicación general presentadas por ex trabajadores (12/03/2010)

 

Durante la revisión de las solicitudes para acceder a la reubicación laboral de ex trabajadores que optaron por este beneficio, en amparo de la Ley N° 27803, se ha verificado que más del 50% de estos ex trabajadores ha omitido presentar la declaración jurada de no inhabilitación administrativa o judicial, así como otros requisitos de carácter formal, lo cual implicaría la descalificación de estas solicitudes aun antes de evaluarse el cumplimiento del perfil para la plaza.

 

En razón de lo señalado, resultaba necesario que se expidan las disposiciones necesarias para que los defectos anotados sean subsanados y se analicen adecuadamente las solicitudes presentadas.

 

De esta manera, mediante la Resolución Ministerial N° 077-2010-TR se ha establecido que los ex trabajadores que presentaron solicitudes de reubicación general y se encuentren en la relación de solicites observadas (publicada en la página web del Ministerio de Trabajo), pueden subsanar las omisiones a los requisitos exigidos hasta el 17 de marzo de 2010.

 

La subsanación será presentada en la sede central del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o en las sedes centrales de las Direcciones Regionales de Trabajo de los gobiernos regionales a través de un formato que será publicado en la página web del MTPE.

 

Por otro lado, se ha dispuesto la ampliación hasta el 23 de marzo de 2010 del plazo para la verificación del cumplimiento del perfil establecido en el segundo párrafo del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 005-2010-TR.

 

Finalmente, se ha dispuesto la ampliación hasta el 25 de marzo de 2010 del plazo para expedir la resolución ministerial que determina la relación de ex trabajadores que acceden a una plaza presupuestada y vacante, de acuerdo con la Resolución Ministerial N° 005-2010-TR. Las entidades públicas y empresas del Estado deberán celebrar el contrato de trabajo o expedir el acto administrativo para la reubicación del ex trabajador en un plazo máximo de tres días hábiles posteriores a la publicación de la resolución antes mencionada.

 

 
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